Senado aprueba ley antichancla, prohíbe castigar con golpes a menores
El pasado miércoles el pleno del Senado de la República aprobó en lo general y particular el dictamen que prohíbe a los padres, madres y tutores el uso de la fuerza física y castigos humillantes a niñas, niños y adolescentes como métodos de corrección.
A través de un comunicado, se informó que por unanimidad los legisladores avalaron el proyecto de decreto, el cual reforma y adiciona disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Civil Federal.
La presidenta de la Comisión Comisión de la Niñez y de la Adolescencia en el Senado, Josefina Vázquez Mota, presentó el proyecto de dictamen que busca prohibir el castigo corporal y humillante en contra de menores de edad.
En su intervención, la legisladora panista destacó que dicho dictamen no es de corte penal, pero sí preventivo y detonante para la intervención pública temprana en la atención de la violencia intrafamiliar.
“La reciente encuesta del mes de agosto de la fundación ‘Guardianes’, el 40 por ciento de menores sufrieron violencia psicológica y física durante la cuarentena, donde miles de hogares se convirtieron en miles de infiernos y amenazas para niñas, niños y adolescentes”, expuso la legisladora.
El dictamen que fue remitido a la Cámara de Diputados para su discusión, califica como castigo humillante el trato ofensivo, denigrante, ridiculizador o cualquier acto que tenga el objetivo de provocar dolor o molestia a menores de edad.
Asimismo, define el castigo corporal a todo acto en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, como pellizcos, empujones, golpes con la mano, quemaduras o cualquier otro acto que cause dolor o malestar al menor.
En la presentación del dictamen, el senador Martí Batres señaló que con estos cambios no se busca criminalizar a padres, madres o tutores, ya que no persigue castigos penales.
“Este dictamen constituye una condena a la violencia que se infringe hacia niñas, niños y adolescentes, y es una forma de educar hacia para la paz”, expresó.
Por su parte, el grupo parlamentario del PRD sugirió que este dictamen sea acompañado de más acciones que coadyuven el interés superior de la niñez.
De igual manera, la senadora panista, Xóchitl Gálvez Ruíz, destacó que el dictamen se centra en evitar la violencia intrafamiliar, en particular el abuso hacia infantes y adolescentes, así como establecer correcciones a los menores de edad sin llegar a la violencia con castigos corporales inhumanos.
El dictamen que prohíbe el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niñas, niños y adolescentes, fue remitido a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.
El Senado prohíbe, por unanimidad, “chanclazos”, “pellizcos” y “cinturonazos” como método disciplinario
Por unanimidad, el pleno del Senado aprobó la prohibición legal expresa a todo tipo de maltrato, humillación, castigo corporal que incluso llegan a ser tortura hacia las niñas, niños y adolescentes, a fin de abonar en una cultura de respeto a la niñez y terminar con los abusos de los adultos, en aras de generar una cultura de respeto y paz en todos los mexicanos.
“Queda prohibido que la madre, padre o cualquier persona que ejerza la patria protestad, tutela o guarda, custodia y crianza de niños y adolescentes utilice el castigo corporal o humillante como forma de corrección o disciplina de niños, niños y adolescentes”, dice la reforma.
Se define que el “castigo corporal o físico es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.
Añade que “castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenazas, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.
La reforma a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código de Civil Federal no incluye castigo alguno para los adultos que inflinjan maltrato físico a los menores de edad, pero plantea de forma explícita que “queda prohibido que quienes tengan trato con niñas, niños y adolescentes ejerzan cualquier tipo de violencia en su contra, en particular el castigo corporal y humillante”.
De igual forma dice que “las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y disciplina de su madre, su padre, o de quienes ejerzan la patria protestad, tutela o guarda, custodia y crianza, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, de cuidado, penales o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el trato humillante”.
Con la voz entrecortada por contener el llanto, la senadora panista Xóchitl Gálvez relató desde tribuna el terror que sentía de niña cuando su padre, en estado alcohólico, golpeaba a sus hijos, y confió que esta reforma ayude a que esta violencia acabe.
Sin sanción
La reforma a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código de Civil Federal no incluye castigo alguno para los adultos que maltraten a los menores.